Con la entrada en vigor (25/05/2010) de la reforma de la Ley de Seguridad Vial ya no es obligatorio levar en el vehículo la documentación. Ni la original ni copia compulsada.
Ni siquiera es obligatorio llevar el carnet de conducir.
Sólo es obligatorio llevar encima el DNI.
Los agentes podrá comprobar el estado documental del vehículo (ITV, seguro, titularidad,...) y del conductor (puntos, permisos vigentes,...) en los terminales de sus coches/motos patrulla.
Creo que es una buena noticia, ya que evitas que, en caso de robo, desaparezca también tu documentación.



